El Concejo de Santa Fe sancionó una ordenanza que amplía las facultades para exigir la conservación de terrenos e inmuebles, aplicar sanciones ante incumplimientos e intervenir sobre baldíos o propiedades deterioradas. La iniciativa también incorpora incentivos para quienes cumplen con sus obligaciones y mecanismos para recuperar los costos de las acciones realizadas por el Municipio.
La ordenanza refuerza las herramientas del municipio para intervenir sobre terrenos baldíos e inmuebles abandonados, con el objetivo de mejorar la higiene urbana, la seguridad y la convivencia en los barrios, frente a situaciones que afectan a vecinos de distintos puntos de la ciudad.
“La Santa Fe que queremos construir es sin caries urbanas”, sostuvo Lucas Simoniello, uno de los autores de la iniciativa y agregó: “Estamos dando un paso importante para arreglar y ordenar Santa Fe. Cuando decimos caries urbanas no hablamos solamente de baldíos abandonados, sino también de inmuebles con construcciones deterioradas que generan basura e inseguridad y frenan el desarrollo de la ciudad”.
La normativa reemplaza la ordenanza vigente sobre baldíos y amplía su alcance a las edificaciones deterioradas o abandonadas, incorporando mecanismos más ágiles para exigir su mantenimiento, sancionar incumplimientos y recuperar los costos de las intervenciones realizadas por el municipio.
Entre las principales modificaciones, la ordenanza establece:
- Nuevas obligaciones para propietarios y responsables de inmuebles;
- Contempla la intimación y posterior intervención municipal cuando no se realicen las tareas de limpieza correspondientes en un cierto período de tiempo;
- Regula los mecanismos administrativos y judiciales de ingreso a los predios y fortalece el recupero de los gastos que demanden las actuaciones municipales.
Entre las obligaciones previstas se incluyen el corte de malezas y pastizales, la remoción de residuos, escombros y restos de poda, el desagüe de aguas estancadas, la desratización, la desinsectación, el control de plagas y el mantenimiento de veredas, cercos, tapiales y estructuras edilicias cuando su deterioro represente un riesgo para terceros. Además, incorpora a las empresas de cartelería como sujetos responsables cuando existan estructuras publicitarias instaladas en inmuebles que incumplen las condiciones mínimas de mantenimiento.
Beneficios e infracciones
La ordenanza crea un régimen de reducción del 50 por ciento del costo de la sobretasa por baldío para aquellos titulares que acrediten un adecuado mantenimiento del inmueble durante un período determinado. A la vez, establece la pérdida de beneficios y nuevas cargas para quienes acumulen infracciones.
Otro de los aspectos destacados es la posibilidad de consolidar deudas por tasas, multas y gastos de limpieza para facilitar su cobro por vía de apremio, evitando la dispersión de expedientes y fortaleciendo las herramientas de recupero de recursos públicos.




