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Se promulgo la ley de emergencia sanitaria para la salud pediátrica y las residencias médicas

  • 21/10/2025

El Congreso de la Nación sancionó la Ley 27.796, que declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud por el plazo de un año.

La norma fue aprobada con el voto de las dos cámaras y promulgada tras la insistencia legislativa frente a la observación del Poder Ejecutivo.

 

Su objetivo es proteger el derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes, asegurar la continuidad de los servicios de atención pediátrica y fortalecer los sistemas de formación médica.

Para priorizar la atención pediátrica

La ley, publicada este martes en el Boletín Oficial, reconoce la grave situación que atraviesa el sistema sanitario en materia de atención infantil y de formación de profesionales.

En su artículo primero, declara la emergencia “debido a la grave situación que atraviesa el sistema de salud” y busca efectivizar la tutela del derecho a la salud de la población pediátrica.

Entre sus objetivos principales se destacan tres ejes:

Garantizar el acceso efectivo, equitativo y de calidad a los servicios de salud para niños, niñas y adolescentes, con especial atención a la red de hospitales públicos.

Asegurar la referencia y contrarreferencia dentro del sistema de salud para que toda la población pediátrica, independientemente de su cobertura, pueda acceder a prácticas de alta complejidad.

Fortalecer las residencias médicas y sanitarias, con condiciones laborales adecuadas, remuneraciones dignas y una planificación que garantice la cobertura de especialidades críticas.

De esta manera, la norma busca dar una respuesta estructural a las dificultades que enfrentan los hospitales pediátricos y los equipos de salud, en un contexto de creciente demanda y escasez de recursos humanos especializados.

Más recursos y recomposición salarial

La Ley 27.796 establece una asignación prioritaria e inmediata de recursos presupuestarios destinados al mantenimiento de infraestructura, medicamentos, vacunas, tecnologías médicas y personal esencial para la atención pediátrica en todo el país.

También dispone la recomposición inmediata de los salarios del personal asistencial y no asistencial que atiende a la población infantil.

Según el texto, la actualización no podrá ser inferior al nivel real de ingresos que los trabajadores percibían en noviembre de 2023, antes del deterioro causado por la inflación.

La medida alcanza tanto a profesionales como a residentes nacionales de todas las especialidades, reconociendo su rol formativo y asistencial.

Otra disposición destacada es la eximición del pago del Impuesto a las Ganancias para el personal que desempeñe actividades críticas, horas extras o guardias en efectores públicos y privados. Esta medida apunta a mejorar los ingresos de los trabajadores de la salud y a garantizar la cobertura de turnos y guardias en hospitales que enfrentan una alta demanda.

El Garrahan, hospital de referencia nacional

El artículo 4 de la ley declara al Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” como hospital de referencia nacional en la atención pediátrica de alta complejidad y garantiza su funcionamiento pleno y sostenido.

Este reconocimiento formal refuerza el papel del Garrahan como centro de derivación y formación médica, y compromete al Estado a asegurar su financiamiento durante el período de emergencia.

Además, la norma autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a reasignar partidas presupuestarias del Ministerio de Salud e incluso a ampliar los recursos mediante el uso de reservas destinadas a contingencias sanitarias.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación, encargado de dictar las normas complementarias para poner en marcha las medidas.

Control legislativo y prioridad presupuestaria

La ley crea una Comisión de Seguimiento y Evaluación, integrada por representantes del Congreso, del Ministerio de Salud, del Consejo Federal de Salud (COFESA) y de la Sociedad Argentina de Pediatría.

Este organismo deberá emitir informes públicos trimestrales sobre el cumplimiento de las acciones previstas y el uso de los recursos asignados.

Durante el período de emergencia, los programas y acciones de salud infantil y adolescente tendrán prioridad presupuestaria. Esto incluye hospitales públicos de referencia, servicios de urgencias, internaciones, neonatología, trasplantes, cirugías cardíacas y oncología pediátrica.

La norma también deroga la resolución 2109/25 del Ministerio de Salud, que había sido cuestionada por sectores profesionales por afectar el régimen de residencias.

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